El proyecto tiene antecedentes en la ampliación de derechos hacia la mujer que se contempla en la ley nacional 27202 –del año 2015-, que en su articulado previó la incorporación obligatoria de mujeres en la conformación de comisiones directivas de clubes e instituciones de primer grado. Y propone incorporar al artículo 30 de la Ley provincial n° 10554 -Adhesión a la Ley Nacional de Fomento y Desarrollo del Deporte- un inciso que establezca que debe establecerse en los estatutos de esas entidades deportivas, “un cupo femenino del treinta y tres por ciento (33%) en la constitución de su comisión directiva, manteniéndose cuando se produzcan renovaciones parciales de los cargos.”
“Se pretende también que aquellos clubes que aspiren a lograr la Personería Deportiva que establece la ley 20.554, deban cumplir ese requisito para obtenerla.”, continúa la legisladora. “Así se garantizará la participación de la mujer en las comisiones, que es decisiva a la hora de establecer espacios que contengan la premisa de igualdad de oportunidades en materia de género”, concluye.






