Los descuentos en los intereses ascienden al 80% en el pago contado de las deudas, mientras que, en caso de abonarlo en 3 cuotas la quita será del 50%, para seis el 40% y para 12 el 10%. En todos los casos las cuotas serán mensuales y consecutivas y no se aplicara interés en la financiación. La falta de pago de dos o mas cuotas consecutivas y/o alternadas y/o la falta de pago de los honorarios profesionales, de corresponder, dará lugar, sin necesidad de requerimiento o intimación, a la caducidad del convenio
El convenio contempla a aquellos que tengan deudas de la Tasa General de Inmuebles, la Tasa de Cementerios, Obras de Infraestructura (cloacas, agua, pavimento, cordón cuneta, esquina pavimento) y multas anteriores al 31/12/2015.
Por su parte, los contribuyentes con convenios de pago en curso cuya deuda sea superior a $15.000, sólo podrán optar por el pago contado, mientras que los grandes contribuyentes que la cuenta este catastrada a nombre de un gran contribuyente pero resida en la misma un particular, podrán acogerse al beneficio acreditando de manera fehaciente, la situación antes mencionada.






